Ley de protección de datos.
Esta página web cumple los requisitos de la ley de protección de datos. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
La información proporcionada en ésta web ha sido planteada para apoyar, no reemplazar, la relación que existe entre un paciente / visitante de este sitio web y, su médico"
No se cede, presta o vende ninguna información , o e mail de nadie. No se mantiene ningún tipo de fichero sobre los visitantes que acceden a la página web. Cualquier persona que comente o cite ésta pagina web tiene derecho a acceso, rectificación o cancelación de sus datos".
Esta web no solicita ni comparte ningún tipo de información con los usuarios." Esta página web no hace ni apología del uso de las drogas ni de ninguna sustancia con actividad farmacológica". " Esta pagina web no fomenta el uso del dopaje y ni hace apología del consumo de Cannabis o ninguna sustancia farmacológicamente activa..
La misión del sitio web es propagar la lucha contra el dopaje dentro del deporte y prevención de las a dicciones que supone el consumo indiscriminado de sustancias sometidas a fiscalización. No hay ninguna organización detrás, simplemente una bitácora a título personal.
Destinatarios de la información
La información del sitio web.va dirigida a deportistas, entrenadores, personas a las que les gusta el deporte limpio y sin manipulaciones.
De una manera más general, posteriormente hemos ido introduciendo temas más abiertos para toda la población que pueda estar interesada en la prevención de las adicciones a sustancias sean o no fiscalizadas.
No se da información ni apología del uso de drogas.
La información que aquí se proporciona no va destinada a reemplazar, la relación entre un paciente y su propio médico, para lo cual el siguiente lema ha sido interpuesto:
"La información proporcionada en ésta Bitácora ha sido planteada para apoyar, no reemplazar, la relación que existe entre un paciente / visitante de este sitio web y, su médico".
Fuentes de financiación
El sitio web no tiene ningún tipo d e subvención oficial.
Por lo tanto no tenemos conflicto de intereses ni hay ninguna influencia sobre los artículos editados.
No aceptamos donaciones igualmente.
Tan sólo hay un carrito de compra por si alguien quiere, de forma voluntaria, comprar algún de artículo ampliados. Pero toda la información está expuesta de forma clara y concisa en la web.
Política publicitaria
El sitio web no aloja publicidad alguna.
Honestidad y Transparencia de la Publicidad y la Política Editorial
Aviso sobre la política de publicidad del sitio web
La política de publicidad del sitio web es muy sencilla: no hay tal política de publicidad por lo tanto no tenemos ningún conflicto de intereses.
jueves, 11 de febrero de 2016
Plantas euforizantes poco conocidas: Kanna.
Sustancias emergentes de origen natural:
Mesembrina ( Kanna)
miércoles, 18 de noviembre de 2015
Drogas de violación por cita. ( GHB, y similares).

El GHB también se puede cuantificar mediante la cromatografía líquida, asociada a cromatografía de masas.( no, no daremos mas información)

Cuando se mezcla con otra bebida para que varias personas lo consuman de un mismo vaso, el GHB se deposita en el fondo, por lo que el último en beber es quien consume la mayor parte, resultando fácil que se sobredosifique.
1. NUNCA es recomendable consumir drogas,
sean del tipo que sea.Axioma básico, que se aplica
hasta al café o al mate.
No, no, no. Lo más seguro es NO TOMARLAS: nunca.
3. Debe evitarse conducir hasta que no hayan pasado
subjetiva
está impregnado de droga, tienen una ataxia del quince
Estos son términos o palabrejas que usan esos simpáticos
de delito ( por lo menos) contra la seguridad del tráfico
Que te encuentres bien es subjetivo: Eso no implica que luego tus reflejos están abolidos para la conducción.
El llamado "Blue Nitro" es una sustancia ( que, curiosamente, es otra forma de argot de llamar al GHB) del cual existe bastante apología de uso, en la Red, bástese decir lo siguiente.
¿Seguir leyendo?
jueves, 21 de agosto de 2014
La 4 -metilanfetamina se fiscaliza.
Orden SSI/1478/2014, de 1 de agosto, por la que se incluye la sustancia
4-metilanfetamina en la lista I del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de
octubre, por el que se regulan las sustancias y preparados medicinales
psicotrópicos, así como la fiscalización e inspección de su fabricación,
distribución, prescripción y dispensación.
La Decisión 2013/129/UE del Consejo, de 7 de marzo de 2013, por la que se somete
la 4-metilanfetamina a medidas de control, define la 4-metilanfetamina (4-MA) como una
nueva sustancia psicotrópica que debe de estar sujeta a medidas de control, y a sancionespenales, previstas en la legislación nacional vigente en la materia, de conformidad con las
obligaciones contraídas en virtud del Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971
de las Naciones Unidas.
Atendiendo a sus propiedades estimulantes, al riesgo para la salud, y a que
actualmente carece de valor médico probado y reconocido, es necesario controlar la
4-MA, aplicando unas medidas de control proporcionales a los riesgos de la sustancia.
Actualmente no existen medicamentos autorizados en España que contengan 4-MA
en su composición.Pero si existieran, este BOE acabaría con ellos por la vía rápida. A ver si se muestra la misma intensidad en luchar contra la corrupción. Del caso Gürtel, que en tedesco significa " cinturón", "Correa". Ese también a la hoguera, please...
En base a ello, y en desarrollo de las facultades conferidas por la disposición final
primera del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regulan las sustancias
y preparados medicinales psicotrópicos, así como la fiscalización e inspección de su
fabricación, distribución, prescripción y dispensación, se aprueba esta disposición.
En su tramitación han sido oídos los sectores afectados.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Inclusión de la sustancia 4-metilanfetamina en la lista I del anexo I del
Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regulan las sustancias y
preparados medicinales psicotrópicos, así como la fiscalización e inspección de su
fabricación, distribución, prescripción y dispensación.
Se incluye la sustancia 4-metilanfetamina, también conocida como 4-MA, en la lista I
del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regulan las
sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, así como la fiscalización e inspección
de su fabricación, distribución, prescripción y dispensación, así como sus variantes
estereoquímicas, racematos y sales, siempre que su existencia sea posible, siéndoles de
aplicación, las medidas de control y sanciones penales previstas para las sustancias que
integran dicha lista de control.
. Actuación de las entidades.
A partir de la entrada en vigor de esta orden, las entidades fabricantes, importadoras,
exportadoras, distribuidoras o dispensadoras de la referida sustancia, adecuarán sus
actuaciones a las exigencias legales que se imponen para los productos psicotrópicos de
la lista I del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regulan
las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, así como la fiscalización e
inspección de su fabricación, distribución, prescripción y dispensación y en la Orden de
14 de enero de 1981, por la que se desarrolla el Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre.
cve: BOE-A-2014-8521BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191 Jueves 7 de agosto de 2014 Sec. I. Pág. 63404
Título competencial.
Este orden se dicta al amparo del artículo 149.1.16.ª de la Constitución Española, que
atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación de productos
farmacéuticos.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado». A la voz de YA!!!
Madrid, 1 de agosto de 2014.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,
Ana Mato Adrover.
Pues nos parece perfecto que se tomen medidas y que la Administración legisle y actúe.Faltaría mas!!!.
Ahora tampoco vendría mal que tomasen nota de la higiene democrática que se gastan en otros paises, por ejemplo Alemania.
Hasta aquí la noticia puramente técnica: la señora Ministra firma en el BOE una medida que es correcta.
Pero ¡Todavía no ha dimitido!
Por higiene democrática ya tendría que haber dimitido de su cargo...vean las comparaciones de comportamiento de la Vida Política entre España y Alemania.
En Alemania un Ministro dimite por existir sospechas de haber hecho un acto tan irrelevante penalmente en España como es copiar una Tesis Doctoral.En España la Señora Mato Adrover No dimite pese a que sobre su familia y ex cónyuge pesan varios delitos.
L
jueves, 25 de octubre de 2012
La Ketamina
La Ketamina es el típico ejemplo de una sustancia que puede llegar a prohibirse dado el uso lúdico ( a dosis diez veces inferiores a las que se emplea en Terapéutica, es decir, a unos 1 -2 mg/ kg peso) peligroso e inadecuado) de las misma, pese a que también tiene unas magníficas propiedades terapéuticas y se utiliza activamente por los especialistas más brillantes de la Medicina, los Anestesistas.
No es éste el foro para describir porqué en determinadas intubaciones de vía aérea difícil la Ketamina es el fármaco de elección, especialmente cuando se tiene delante abiertas las fauces y dormido a una persona asmática, a un niño o a una persona con facilidad para que se produzcan reaciones de desgranulación de las células cebadas o mastocitos, donde la anestesia inducida por Ketamina es espectacularmente útil.
De sus usos lúdicos, recreacionales e inadecuados tan sólo decir que es una droga peligrosa, que puede producir la muertey muy serios efectos secundarios y que además esas vívidas alucinaciones pueden motivar que el "usuario" salte por una ventana pensando que puede volar o desafiar las leyes de la física.
Está emparentada con la peligrosísima Fenciclidina o PCP ( polvo de ángel, rocket fuel), dicho sea sin hacer alegoría de la misma, basta decir que es muy peligrosa para que se dispare su consumo.
La Ketamina, en inyección intramuscular de 1 miligramos por kilo podría estar indicada de forma excepcional en los AMV. ¿Que son los AMV? Pues el profesional que tiene que usarlos y que tiene que determinar si los usa o no tiene unos protocolos que seguir y además sabe cuando u dodne pudiera estar indicado.
Uno de los mejores Médicos Emergencistas españoles es el Coronel Médico Alvarez Leyva que postula su uso para mantener la calma y estabilizar la situación de emergencia en grandes catástrofes y accidentes donde hay múltiples víctimas.
La Ketamina fue sintetizada en 1962 por Stevens y usada por primera vez en la práctica clínica en 1965 por Corsen y Domino.Y s eusó en Veternaria como sedante de elefantes,o d egrandes animales. Interactúa con los receptores mu analgesiando y tambien con los receptores sigma ( alucinaciones).
.
La Ketamina es un compuesto quiral, con un centro activo y la mayor parte de las preparaciones de ketamina son mezclas racémicas. El enantiómero más activo, (S)-ketamina, está disponible para uso médico. Tanto el enantiómero (R)-ketamina, el (S)-ketamina y el racemato (R,S)-ketamina tienen efectos farmacológicos muy distintos,Su metabolismo es hepático.Comúnmente llamada "Polvo K", se comercializa llegado a todo el mundo. ".
Efectos neurológicos
El uso crónico de ketamina puede conducir a deterioro cognitivo, incluyendo problemas de memoria. En 1989, OLNEV reportó que el uso de ketamina producía cambios irreversibles en dos pequeñas áreas del cerebro de las ratas, lo cual posteriormente se vio tenía una gran diferencia a lo ocurrido en el ser humano. Debido a que en el cerebro humano se metabolizaba la ketamina de una manera distinta, no se producia el daño que sí apareció en las ratas de experimentaciónEl primero y más grande estudio longitudinal de usuarios de ketamina encontró que en pacientes que consumían grandes dosis de ketamina tenían deterioro mental, principalmente a nivel de la memoria, afectando la memoria verbal, a corto plazo y memoria visual. Sin embargo, el consumo ocasional (1 a 2 veces por mes) no produjo diferencias entre el grupo control y el grupo caso. Esto sugiere que el consumo ocasional de ketamina no produce daño a largo plazo y que cualquier daño producido por este puede resultar reversible si es que el consumo de ketamina es detenido. Sin embargo, la depresión empeoró en el grupo de usuarios que mantuvo la abstinencia durante el período del estudio (un año), por otro lado, un grupo reducido de usuarios a quienes se le suspendió la dosis siguió mostrando síntomas disociativos.






























